CÓDIGO DE ÉTICA E INTEGRIDAD
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: 24 DE SEPTIEMBRE DE 2026
1. Mensaje del Directorio
«Servir es primero amar.» — Arrigo Cipriani
El presente Código de Ética e Integridad (en adelante el “Código”) refleja el compromiso de Cipriani Punta del Este (en adelante “Cipriani” y/o la “Empresa” indistintamente)—integrado por todas las sociedades vinculadas al proyecto (Casino, Hotel, Beach Club, Academia de Croupier y demás unidades operativas), pertenecientes al Grupo Cipriani— con los más altos estándares de conducta, integridad, transparencia y respeto por las personas en todas sus operaciones.
Este Código está dirigido a todos los públicos con los que Cipriani se relaciona: directores, gerentes, empleados, proveedores, contratistas y terceros vinculados. Constituye la base ética sobre la que se construye la reputación y sostenibilidad del negocio, en línea con la herencia, las tradiciones italianas y la vocación de servicio que definen al Grupo Cipriani desde 1931.
Confiamos en que su conocimiento, comprensión y aplicación contribuirán a consolidar una cultura organizacional basada en la ética, la responsabilidad y el respeto mutuo.
2. Misión
Inspirados en nuestra herencia y tradiciones italianas, nuestra hospitalidad es, y siempre será, una expresión de amor.
En Cipriani Punta del Este esta misión se traduce en brindar una experiencia de hospitalidad, entretenimiento y servicio de excelencia, combinando estándares internacionales de lujo con una operación transparente, segura y alineada con la normativa vigente, generando valor sostenible para clientes, accionistas, empleados y la comunidad.
3. Visión
Ser la mejor empresa de hospitalidad del mundo.
En Punta del Este, Cipriani aspira a ser un referente internacional en la industria de hospitalidad y entretenimiento, reconocido por su integridad, calidad de servicio, innovación y cumplimiento normativo, consolidando la marca Cipriani como sinónimo de confianza y excelencia.
4. Nuestros Pilares
Los cuatro pilares del Grupo Cipriani orientan la conducta ética y profesional de todos los integrantes de Cipriani Punta del Este, y constituyen el marco cultural en el que se inscriben los valores corporativos y las políticas de este Código:
Pilar | Expresión institucional |
Cultura | El arte, la historia y la literatura inspiran todo lo que creamos. |
Autenticidad | Nuestra sonrisa refleja lo que hay dentro. No solo miramos, vemos. |
Simplicidad | En la simplicidad hay libertad. Nuestro servicio no impone nada. |
Elegancia | Complementamos la esencia de nuestros huéspedes con los mejores ingredientes, materiales y servicios. |
4.1 Cultura
El arte, la historia y la literatura inspiran todo lo que creamos. Cultivamos el conocimiento, la sensibilidad estética y el respeto por las tradiciones como base de una hospitalidad con identidad.
4.2 Autenticidad
Nuestra sonrisa refleja lo que hay dentro. No solo miramos, vemos. Actuamos con honestidad, coherencia y verdad, cuidando la calidad humana del vínculo con clientes, huéspedes, empleados y terceros.
4.3 Simplicidad
En la simplicidad hay libertad. Nuestro servicio no impone nada. Buscamos claridad, transparencia y sobriedad en los procesos, decisiones y comunicaciones, evitando la complejidad innecesaria.
4.4 Elegancia
Complementamos la esencia de nuestros huéspedes con los mejores ingredientes, materiales y servicios. La elegancia se expresa también en la conducta ética, la discreción, el respeto y la excelencia operativa.
5. Valores Corporativos
A partir de los pilares del Grupo Cipriani, Cipriani Punta del Este adopta los siguientes valores corporativos, que orientan la conducta ética y operativa de todos sus trabajadores y proveedores:
• Excelencia en el servicio y hospitalidad.
• Integridad, ética y buena fe.
• Cumplimiento normativo y regulatorio.
• Reputación, confianza y responsabilidad.
• Cultura, autenticidad, simplicidad y elegancia (pilares fundacionales).
• Respeto, dignidad y diversidad.
• Igualdad, no discriminación y perspectiva de género.
• Juego responsable y protección de personas en situación de vulnerabilidad.
• Responsabilidad social y sostenibilidad.
• Trabajo en equipo y cordialidad.
• Innovación al servicio de la tradición.
6. Propósito y Alcance
El presente Código establece los principios y normas de conducta que rigen la actuación de todos los integrantes, empleados y proveedores de Cipriani Punta del Este y sociedades vinculadas al proyecto.
Se enmarca en la normativa vigente en Uruguay (Leyes N.º 19.574, 20.469, 18.331, 18.561, 16.045, 17.817, 19.580, 19.684, 5.032, y Decreto N.° 128/016 entre otros) y en los estándares internacionales del GAFI/GAFILAT y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Este Código complementa —sin sustituir— al Reglamento Interno de Trabajo de Cipriani y al Convenio Colectivo del Grupo 12 – Hoteles, Restaurantes y Bares, Subgrupo 1 – Hoteles, apart-hoteles, moteles y hosterías, aplicable a la actividad de Cipriani. Ante eventual conflicto entre el presente Código y las normas laborales imperativas, prevalecerán estas últimas.
6.1 A quién se dirige este Código
• Empleados: directores, gerentes, empleados permanentes o temporales y pasantes de Cipriani Punta del Este S.A. y sociedades vinculadas, para quienes su cumplimiento es de aplicación obligatoria en toda su actividad profesional y laboral.
• Proveedores y contratistas: personas físicas o jurídicas vinculadas contractualmente a la Empresa, quienes deberán cumplir con los principios éticos aquí establecidos como condición del vínculo comercial mantenido con Cipriani, según surge del contrato celebrado con la Empresa.
• Terceros vinculados: incluye consultores, agentes, socios comerciales y cualquier otra persona que se relacione con Cipriani o actúe en su representación o en su nombre.
7. Principios Generales de Conducta
Todos los destinatarios de este Código, en el ámbito de su relación con Cipriani Punta del Este, se comprometen a (listado a modo enunciativo y no taxativo):
• Actuar con honestidad, integridad y buena fe, en línea con los pilares de autenticidad y simplicidad de Cipriani.
• Cumplir con la normativa vigente aplicable a su relación con la Empresa.
• Proteger la reputación, la identidad cultural y la imagen del Grupo Cipriani.
• Promover un ambiente respetuoso, inclusivo, seguro, igualitario y libre de discriminación, acoso, ciberacoso y malos tratos.
• Rechazar toda forma de corrupción, soborno y tráfico de influencias.
• Preservar la confidencialidad de la información técnica, comercial y económica.
• Actuar con objetividad e imparcialidad, evitando conflictos de interés reales, potenciales o percibidos.
• Respetar los derechos fundamentales y la dignidad de las personas.
• Cuidar los bienes, buen nombre, confianza y reputación de la Empresa.
8. Prevención de Acoso Sexual, Acoso Laboral, Ciberacoso y Malos Tratos
Cipriani promueve el buen clima laboral basado en el respeto mutuo, la cordialidad, la colaboración y el apoyo entre los empleados y proveedores. Se encuentra estrictamente prohibido cualquier forma de acoso sexual, acoso laboral, ciberacoso, discriminación y malos tratos entre empleados y/o proveedores de la Empresa, independientemente de la jerarquía, función o modalidad contractual del actor, e independientemente de si la conducta ocurre en las instalaciones de Cipriani, fuera de ellas o a través de medios digitales.
8.1 Marco Legal
El presente Código se enmarca en las disposiciones de la Constitución de la República (Artes. 7, 8, 10 y 72), las Leyes N.º 5.032 y 18.561, y su Decreto Reglamentario 256/017, los Convenios de la OIT N.º 155, 161 y 190 y la Recomendación N.º 206 sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo, así como los Decretos 291/007 y 127/014.
8.2 Obligaciones de la Empresa
• Prevenir, desalentar y erradicar toda conducta constitutiva de acoso, ciberacoso, discriminación y/o malos tratos.
• Investigar todas las denuncias de manera confidencial, objetiva e imparcial.
• Proteger la intimidad, dignidad e integridad psico-física de las personas denunciantes, denunciadas y testigos.
• Prohibir y sancionar cualquier represalia contra denunciantes o testigos de buena fe.
• Elaborar un Protocolo de Actuación en materia de acoso sexual, acoso laboral, ciberacoso y malos tratos, y comunicar y difundirlo entre los empleados, proveedores y terceros vinculados a la Empresa, así como implementar un Canal de Denuncias para el reporte de estas conductas.
8.3 Igualdad, No Discriminación y Perspectiva de Género
Cipriani se encuentra comprometida con la construcción de un ambiente de trabajo libre de toda forma de discriminación, en cumplimiento de la Constitución de la República y de las Leyes N.º 16.045, 17.817, 18.561, 19.580 y 19.684 y los Convenios OIT 100 y 111.
Cipriani prohíbe toda forma de discriminación fundada en raza, color, origen nacional o étnico, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, opinión política, estado civil, situación familiar, embarazo, discapacidad, apariencia física, condición socioeconómica, afiliación sindical o cualquier otra condición. Asimismo, la empresa se obliga a cumplir la leyes refrentes a inclusión y diversidad, así como proteger a las personas afectadas por situaciones de acoso sexual, acoso laboral, ciberacoso y malos tratos, tutelando su dignidad e integridad psico-física, garantizando así un ambiente de trabajo saludable y seguro.
8.4 Capacitación y formación periódica
Cipriani Punta del Este formará y capacitará periódicamente a todos sus empleados en materia de prevención del acoso sexual, acoso laboral, ciberacoso, discriminación y malos tratos, así como en igualdad y perspectiva de género, mediante el dictado de capacitaciones al ingreso de cada empleadoa la Empresa, así como también en instancias periódicas, conforme surge del Plan Anual de Capacitación aprobado por la Dirección de Recursos Humanos.
Asimismo, Cipriani podrá acudir a los cursos impartidos por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (“INEFOP”), la Escuela Nacional de Administración Pública (“ENAP”), u otros cursos que se pudieran contratar en el ámbito privado, acordes con los objetivos de prevención y difusión establecidos en el presente Código y que cumplan con los requerimientos dispuestos en la ley y reglamentación.
9. Política Anticorrupción y Antisoborno
Cipriani Punta del Este tiene tolerancia cero frente a cualquier forma de soborno, fraude, tráfico de influencias, pagos de facilitación o corrupción que provengan de parte de sus empleados y/o proveedores de servicios, conforme a la Ley N.º 17.060, la UNCAC, la Convención Interamericana OEA y los estándares internacionales aplicables.
La Empresa dictará una capacitación anual en materia de anticorrupción dirigida a sus empleados y proveedores.
Asimismo, Cipriani realizará auditorías internas periódicas y controles preventivos en materia de anticorrupción y antisoborno.
9.1 Reglas fundamentales
• Se encuentra prohibido ofrecer, prometer, entregar y/o aceptar dinero, regalos, comisiones u otras ventajas indebidas dirigidas a influir en decisiones.
• Realizar una debida diligencia reforzada en la contratación de terceros, proveedores e intermediarios.
• Mantener un registro contable transparente y trazable de todo pago o donación.
9.2 Obligaciones de los proveedores de servicios
• Cumplir con todas las leyes de anticorrupción aplicables.
• No ofrecer ni realizar pagos con la finalidad de influir indebidamente en decisiones vinculadas a la Empresa.
• Cooperar con las auditorías e investigaciones que la Empresa pudiera realizar.
• Reportar cualquier situación sospechosa en materia de soborno y corrupción a través del Canal de Denuncias institucional.
10. Política de Obsequios, Atenciones y Hospitalidad
Los empleados y proveedores de la Empresa únicamente podrán entregar y/o aceptar obsequios y atenciones dentro de los límites de la razonabilidad, la transparencia y la buena fe comercial, sin que los mismos condicionen las decisiones a adoptar. Política completa: Política de Obsequios y Atenciones (CMP-POL-OBS-001).
10.1 Reglas aplicables
• Regla general: no se permite ofrecer ni recibir regalos, gratificaciones, descuentos o ventajas que puedan comprometer la objetividad e independencia profesional y laboral.
• Obsequios permitidos: los de carácter promocional, protocolario o corporativo de valor simbólico y ocasional.
10.2 Prohibiciones absolutas
• Aceptación y/o entrega de regalos consistentes en la entrega de dinero en efectivo o equivalentes (tarjetas prepagas, cripto activos, etc.).
• Aceptación y/o entrega de obsequios durante procesos de licitación, adjudicación, auditorías y/o inspecciones.
• Aceptación y/o entrega de cualquier obsequio a funcionarios públicos que exceda lo estrictamente protocolar.
11. Política de Conflictos de Interés
Existirá un conflicto de interés cuando los intereses personales, familiares y/o financieros de una persona sean capaces de influir —o parecer influir— en el desempeño objetivo de las funciones de un empleado y/o proveedor de Cipriani y/o en la ejecución de su vínculo con la Empresa.
11.1 Situaciones que deberán evitarse por parte de empleados y/o proveedores de Cipriani
• Actuar como director, funcionario, consultor, agente y/o empleado de un proveedor, cliente y/o competidor que realice negocios con la Empresa.
• Realizar actividades que interfieran con las obligaciones asumidas en el marco del contrato celebrado con Cipriani y/o que impliquen competencia con la actividad desempeñada por parte de la Empresa.
• Influir en transacciones de compra y venta, contratos y/o arrendamientos de Cipriani en beneficio propio y/o de terceros.
11.2 Obligaciones de los empleados y/o proveedores de Cipriani
• Denunciar por escrito ante Cipriani toda situación deconflicto de intereses real, potencial o percibida en la Empresa. La falta de denuncia podrá derivar en la aplicación de medidas disciplinarias, o en consecuencias contractuales y/o legales, según corresponda.
• Abstenerse de participar en decisiones donde exista conflicto de interés.
11.3 Procedimiento de denuncia de conflictos de interés
A efectos de asegurar la trazabilidad y el tratamiento uniforme de las denuncias de conflictos de intereses, cada empleado y/o proveedor que identifique un conflicto real, potencial o percibido deberá seguir el siguiente procedimiento:
• Presentar la denuncia por escrito mediante el Formulario CMP-FOR-CDI-001 – Denuncia de Conflicto de Interés, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de haber tomado conocimiento de la situación.
• Presentar la denuncia al Oficial de Cumplimiento de Cipriani, con copia a la Dirección de Recursos Humanos y al superior jerárquico inmediato.
• Los directores, gerentes y empleados de áreas sensibles de Cipriani (Compras, Comercial, Finanzas, Casino, Seguridad, RR.HH. y Compliance) deberán suscribir, además, una Declaración Anual de Conflictos de Interés, gestionada por el Oficial de Cumplimiento de Cipriani.
• La información contenida en la Declaración Anual de Conflictos de Interés recibirá tratamiento confidencial y será archivada en un legajo restringido, en custodia del Oficial de Cumplimiento, con acceso de dirección de RR.HH., el Gerente General y corporativo.
• El Comité de Cumplimiento de Cipriani evaluará las Declaraciones Anuales de Conflictos de Interés presentadas y definirá las medidas de mitigación que fueran necesarias (abstención, reasignación de tareas, seguimiento, refuerzo de controles u otras que correspondan).
• El Canal de Denuncias institucional queda reservado para el reporte de incumplimientos u otras conductas contrarias a la Política de Conflictos de Interés; no sustituyendo la obligación de presentar una denuncia de conflictos de interés en caso de identificación de un conflicto real, potencial o percibido.
12. Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación (PLAFT/FPADM)
Cipriani Punta del Este, a través de Cipriani Punta del Este S.A. como sujeto obligado en materia de PLAFT/FPADM, se obliga a aplicar los más altos estándares de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y de la proliferación, conforme a la normativa uruguaya (Ley N.º 19.574, Ley N.º 20.469, Decreto N.º 379/018 y Resolución SENACLAFT N.º 61/2026) y a los estándares del GAFI/GAFILAT.
La Empresa se obliga a aplicar las políticas de Conocimiento del Cliente (KYC), monitoreo transaccional y reporte de operaciones sospechosas ante la UIAF–BCU. Los empleados y proveedores de Cipriani se encuentran obligados a colaborar con las medidas de debida diligencia.
13. Juego Responsable
Cipriani promueve el juego responsable como valor corporativo, aplicando políticas de:
• Prevención de la ludopatía y protección de personas en situación de vulnerabilidad.
• Autoexclusión voluntaria disponible para los clientes que lo soliciten.
• Información transparente sobre las condiciones del juego.
• Prohibición del ingreso de personas menores de edad al Casino.
• Capacitación específica del personal en la detección temprana de conductas problemáticas.
14. Protección de Datos Personales y Confidencialidad
14.1 Protección de datos personales
Cipriani se obliga a proteger la información personal de sus empleados y proveedores conforme a la Ley N.º 18.331 y sus normas complementarias, bajo la supervisión de la URCDP.
El responsable del tratamiento de los datos personales de los empleados y proveedores de la Empresa es Cipriani Punta del Este S.A. Los datos proporcionados se conservarán mientras dure la relación contractual existente y hasta que finalicen todas las obligaciones legales derivadas de la misma.
Los titulares de los datos personales tienen derecho a acceder a los mismos, así como a rectificar, actualizar, incluir o suprimir los datos personales que les corresponda incluidos en una base de datos, al constatarse error, falsedad o exclusión en la información de la que es titular.
Asimismo, los titulares de los datos personales podrán limitar el tratamiento de los mismos y revocar su consentimiento en cualquier momento.
En ningún caso la Empresa recolectará ni tratará datos que puedan ser considerados como “sensibles”, esto es, datos personales que revelen origen racial y étnico, preferencias políticas, convicciones religiosas o morales, afiliación sindical e informaciones referentes a la salud o a la vida sexual.
Para el ejercicio de derechos ARCO, favor escribir a la siguiente casilla de correo: privacidad@casinocipriani.com o consultar la Política de Protección de Datos Personales.
14.2 Confidencialidad
Se considerará información confidencial (en adelante la “Información”) todos los datos o conocimientos, en forma escrita, verbal, magnética o por cualquier otro medio a los que los empleados y proveedores tengan acceso durante el desarrollo de la relación con Cipriani que estén directa o indirectamente vinculados con la actividad de la Empresa y de sus respectivos trabajadores, clientes y huéspedes.
En caso de existir duda sobre si los datos quedan comprendidos en el alcance de la Información, los empleados y proveedores deberán considerarla como tal, salvo confirmación en contrario en forma expresa y escrita por la Empresa.
Los empleados y proveedores deberán: a) mantener estricta y absoluta reserva respecto a la Información; b) utilizar la Información exclusivamente para la ejecución de sus tareas y en cumplimiento de la finalidad establecido para la misma; c) abstenerse de divulgar o transmitir la Información, directa o indirectamente, en todo o en parte sin el consentimiento previo, expreso y escrito de la Empresa; d) denunciar en forma inmediata al superior el incumplimiento de cualquiera de los deberes de confidencialidad previstos en el presente por parte de otro empleado y/o proveedor de la Empresa.
La presente obligación de confidencialidad se mantendrá vigente aún tras la finalización del vínculo.
14.3 Uso de redes sociales y medios digitales
La actividad, comentarios y publicaciones que los empleados y proveedores realicen en redes sociales y demás medios digitales, ya sea en título personal o en representación de la Empresa, deberán ajustarse en todo momento a los principios de buena fe, respeto y responsabilidad que rigen el presente Código, así como las disposiciones del Reglamento Interno de Cipriani.
En particular, los empleados y proveedores deberán:
a) Abstenerse de publicar, divulgar o comentar información confidencial, reservada o de propiedad de la Empresa, de sus clientes, proveedores o terceros vinculados, en cumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la cláusula que antecede;
b) Evitar realizar comentarios, publicaciones o manifestaciones que puedan afectar, dañar o menoscabar la reputación, imagen, marca o buen nombre de la Empresa, sus empleados, clientes o proveedores;
c) Respetar los derechos al honor, la intimidad, la propia imagen y demás derechos personalísimos de terceros, absteniéndose de realizar publicaciones discriminatorias, difamatorias, ofensivas o que de cualquier forma vulneren dichos derechos;
d) Aclarar expresamente, cuando corresponda, que las opiniones vertidas en redes sociales o medios digitales son de carácter personal y no representan la posición oficial de la Empresa, salvo que se encuentren expresamente autorizados a actuar en su representación; y
e) Cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, propiedad intelectual y demás disposiciones legales aplicables al uso de medios digitales.
15. Ambiente Seguro y Saludable
Cipriani vela por la seguridad, higiene y salud ocupacional, conforme a la Ley N.º 5.032 y a los Convenios de la OIT 155 y 161.
Se encuentra estrictamente prohibido el consumo de alcohol y cualquier otro tipo de drogas durante la jornada de trabajo, en los lugares de trabajo o en ocasión del mismo, en los descansos intermedios y siempre que se esté a disposición de la Empresa. Y se deja expresamente permitido para ocasiones con fines comerciales y laborales dentro de las funciones que desempeñadas. En particular a las posiciones de management de alimentos y bebidas, y aréa comercial con fines comerciales.
Está prohibido el ingreso a la Empresa bajo la influencia de dichas sustancias, así como la posesión, distribución y/o venta de bebidas alcohólicas y otras drogas en las instalaciones y lugares de trabajo.
16. Canal de Denuncias
Cipriani Punta del Este cuenta con un Canal de Denuncias institucional para denunciar de manera confidencial cualquier incumplimiento del presente Código.
16.1 Principios del Canal
• Confidencialidad de la identidad del denunciante.
• Posibilidad de denuncia anónima.
• Protección frente a represalias para quien denuncie de buena fe.
• Gestión imparcial e independiente de cada denuncia.
• Trato respetuoso de toda persona involucrada.
16.2 Medios de acceso
Canal | Medio de acceso |
Web | www.casinocipriani.com/canal-etica |
Plataforma externa | Gestionada por proveedor independiente. |
16.3 Difusión del Canal
A efectos de asegurar una comunicación efectiva y un conocimiento amplio por parte de los empleados y proveedores, el Canal de Denuncias será difundido de manera permanente a través de los siguientes medios:
• Carteleras internas ubicadas en áreas comunes del Casino, Hotel, Beach Club y demás unidades operativas de la Empresa.
• Intranet corporativa y sitio web institucional.
• Correo institucional de bienvenida y comunicaciones periódicas de Recursos Humanos y Compliance.
• Instancias de inducción, capacitación periódica y material informativo entregado a empleados, proveedores y terceros vinculados.
17. Consecuencias en caso de incumplimiento
17.1 Empleados
El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Código por parte de los empleados de Cipriani podrá dar lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en el Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.
La gradación de las medidas disciplinarias a aplicar dependerá de la gravedad y reiteración de las inconductas, así como al legajo personal del empleado en particular.
17.2 Proveedores y contratistas
El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Código por parte de proveedores y contratistas podrá dar lugar a la aplicación de medidas contractuales, incluyendo la suspensión, revisión y/o rescisión del vínculo comercial, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.
18. Difusión, Recepción y Aceptación
18.1 Empleados
El presente Código de Ética se comunicará a todos los empleados de Cipriani a la fecha de su ingreso a la Empresa, así como también en instancias periódicas de capacitación, y se difundirá a través de los canales internos correspondientes: intranet corporativa, carteleras institucionales en áreas comunes, correo institucional y material informativo entregado durante la inducción.
Cada empleado suscribirá el documento independiente CEI-AX-I v.1.0 – Constancia de Recepción, Conocimiento y Compromiso de Cumplimiento, el cual se archivará en su legajo personal (papel o firma electrónica conforme Ley N.º 18.600).
Adicionalmente, Cipriani se compromete a dictar capacitaciones periódicas sobre ética, anticorrupción, prevención del acoso, igualdad, protección de datos, PLAFT/FPADM y canal de denuncias, conforme al Plan Anual de Capacitación de la Empresa.
18.2 Proveedores y contratistas
Los proveedores y contratistas vinculados con Cipriani se encuentran obligados a cumplir con las disposiciones contenidas en el presente Código, conforme surge de los contratos celebrados respectivamente con Cipriani.
En este sentido, los proveedores y contratistas se encuentran obligados especialmente a (listado a modo enunciativo y no taxativo):
• Conocer, aceptar y cumplir con los principios éticos, anticorrupción, antisoborno, PLAFT/FPADM y de protección de datos personales establecidos en este Código.
• Hacer extensivas dichas obligaciones a su personal, subcontratistas y terceros vinculados a la ejecución del contrato celebrado con Cipriani.
• Reportar a través del Canal de Denuncias institucional cualquier situación contraria a las disposiciones contenidas en este Código.
• Cooperar con las auditorías, investigaciones y requerimientos de información que la Empresa formule en el marco del presente Código.
El incumplimiento con las disposiciones contenidas en este Código facultará a la Empresa a suspender, revisar y/o rescindir el vínculo contractual mantenido con el proveedor y/o contratista, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.
18.3 Publicación
El presente Código se publicará en la página web institucional de la Empresa (www.casinocipriani.com/etica) y se difundirá en los canales oficiales de comunicación de Cipriani.
19. Gobernanza y Revisión
• Aprobación: Directorio y, en su caso, de las sociedades vinculadas al proyecto Cipriani Punta del Este.
• Administración: de Recursos Humanos , autorización de Corporate y coordinación y aplicación de con el oficial de cumplimento.
• Revisión: Anual (próxima revisión ordinaria: Julio 2027) o extraordinaria ante cambios normativos o eventos relevantes.
• Interpretación: Primará el criterio más protector de la dignidad de las personas y los derechos fundamentales, en línea con los pilares de Cultura, Autenticidad, Simplicidad y Elegancia de Cipriani.
20. Contacto
• Página web corporativa: www.casinocipriani.com